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Louis Vuitton y su último éxito en la protección de su monogram

Louis Vuitton, firma de lujo por excelencia, se caracteriza por representar exclusividad, glamour y buen hacer, pero ante todo es una empresa que tiene un importante número de marcas registradas en prácticamente todas las oficinas de propiedad industrial del mundo y también (como no podía ser de otro modo) en la europea (EUIPO). Esta empresa francesa cuenta con una legión de abogados en su sede de París donde una de sus labores principales es vigilar el uso que terceros hacen de las marcas que tiene registrada. Dichos abogados también deben de estar pendientes de nuevas solicitudes que pudieran perjudicar los derechos marcarios de la empresa.

 

La última oposición de Louis Vuitton dio lugar a una resolución de la División de Oposición de la EUIPO de 2 de julio de 2024.


Los signos en liza eran los siguiente:

 

¿El resultado de dicha oposición?

 

Louis Vuitton ha conseguido anular el signo posterior.

 

¿Cuál ha sido la base legal para fundamentar esa oposición?


Louis Vuitton basó su oposición en el artículo 8.5, del Reglamento sobre la Marca de la Unión Europea (en adelante, RMUE). Este precepto señala que se denegará el registro de una marca si es idéntica o similar a una marca anterior notoriamente conocida, y si el uso sin justa causa de la marca impugnada podría aprovecharse indebidamente del carácter distintivo o renombre de la marca anterior, o ser perjudicial para los mismos. Para probar este precepto y que prosperara la oposición, la empresa francesa probó el renombre de su marca figurativa en la UE y en particular en España y Francia. En particular, para probar ese renombre Louis Vuitton aportó revistas de moda de editoriales muy conocidas y encuestas de opinión, entre otras pruebas.

 

La División de Oposición comparó ambos signos y concluyó que los signos son visualmente similares. Esto es así debido a que la estructura de los signos era muy parecida, en ambos se componía de elementos (flores y estrellas) que se repiten y coinciden.

El organismo europeo también consideró que la marca de la empresa francesa goza de renombre entre el público pertinente para bolsos en la Clase 18.


De este modo, debido al carácter renombrado del signo anterior y la similitud de ambos signos, además, de designar ambos signos productos de la misma clase, la División de Oposición de la EUIPO consideró que no podía concederse la marca impugnada debido a que el consumidor podía establecer un vínculo entre ambos signos y esto daría lugar a un aprovechamiento de la reputación ajena.


Sin embargo, no siempre sale victoriosa la empresa francesa de estas batallas cuando decide plantear una acción de oposición. Otro caso reciente fue contra la marca figurativa LOVES VITTORIO, la cual no pudo evitar su registro debido a que las autoridades europeas no estimaron el riesgo de confusión entre ambos signos




Sin embargo, Louis Vuitton no desistió, y una vez concedida la marca figurativa LOVES VITTORIO, emprendió una acción de nulidad que la EUIPO le ha estimado recientemente. Esta resolución de la EUIPO anulando la marca LOVES VITTORIO es realmente interesante debido a que establece, entre otras consideraciones, que aunque dos signos distintivos no sean lo suficientemente similares para crear riesgo de confusión puede que sí lo sean para que el público genere un vínculo entre las marcas.

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